Posicionamiento del Movimiento Indígena Colombiano ante la Comisión Intersectorial Nacional de Reparación Histórica

MIn hacienda obstruye la expedición del Decreto de Equivalencias que adopta decisiones que aseguraren a los Educadores Indígenas

Aquí estamos, hoy 12 de octubre día de la Resistencia Indígena y de la Diversidad Étnica y  Cultural de la Nación Colombiana, nosotros los hijos e hijas sobrevivientes victoriosos de la violencia de larga duración y del conflicto armado que no acaba en Colombia: Los Pueblos Indígenas, con la intención de exigir una plena participación a través de nuestras organizaciones nacionales representativas en Colombia para que lleven a la Comisión Nacional Intersectorial de Reparación Histórica, la voz y el legado histórico de los que ya no están, de los que estamos y de los que vienen para ayudar a superar los efectos del racismo, la discriminación racial y el colonialismo en los pueblos étnicos del país. Hoy queremos reparación para sanar el cuerpo, el territorio y el espíritu. Reparar para NO repetir la violencia estructural, sistemática y desproporcionada que no nos deja amanecer y oscurecer en paz.

Somos victoriosos porque no nos han podido acabar y porque gracias a nuestra lucha y resistencia, hoy en el tiempo y en el espacio, con nuestra espiritualidad mantenemos el equilibrio y la armonía de todos los mundos. Somos el rostro que la cauchería quiso extinguir; aquí los Murui Muina; somos los cuerpos libres que no pudieron ser cazados durante las guajibiadas; aquí los pueblos de la Orinoquia; somos el viento con el que la guerra por las plumas y pieles no pudo acabar a pesar de su intento por exterminarnos; aquí los 64 Pueblos Indígenas que habitamos la Amazonía colombiana. Somos las voces que no mueren de quienes, desde la colonia, han soportado los vejámenes de la  exclusión; aquí los 115 Pueblos Indígenas que esta violencia estructural no ha logrado conquistar.

Somos de Serankua, Seynekun, Aponto, Manexca, Mexión, Juan Chiles, la Gaitana, Guyumus, Juan Tama, Carlos Tamabioy, Quintín Lame, a quienes debemos nuestra existencia. Ni la “conquista”, ni la colonización, ni la “independencia” y ni el bicentenario, han triunfado en su intento de eliminarnos. Mucho menos lo han logrado los capuchinos quienes aun cortándonos el pelo y la lengua, para “convertirnos a la vida civilizada” e ir reduciendo a los salvajes en la Guajira, la Sierra Nevada, el Chocó y el Putumayo pudieron cumplir sus oscuros designios.

Traemos un legado de dolor, pero también de armonía y esperanza, nuestros ancestros nos han enseñado el valor de la palabra de vida, del diálogo, de la resistencia y de la lucha. Somos un solo tejido vital de la ancestralidad que queda de los últimos pueblos nómadas, sedentarios, pesqueros, recolectores, pastoreros, agricultores; somos la red vital de la selva, el desierto, los andes, los mares, ríos y lagunas, que al igual que nuestros cuerpos y territorios siguen desangrándose aún en los tiempos de la paz total.

Nosotros y nosotras, el Movimiento Indígena de Colombia, representado en las 7 organizaciones del nivel nacional: Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana (OPIAC), Confederación Indígena Tayrona (CIT), Autoridades Indígenas de Colombia por la Pacha Mama (AICO), Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor (GM), Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC Nacional, Autoridades Indígenas del Suroccidente (AISO) y actuando en representación de los 115 Pueblos Indígenas de Colombia, celebramos la expedición del Decreto 820 de 2023 aquí en esta tierra de la India Catalina, hija del Pueblo Mokaná. Sin embargo, hoy el Estado colombiano, representado en el Gobierno del cambio, Colombia Potencia Mundial de la Vida, debe hablar de reparación histórica de los pueblos étnicos con los pueblos étnicos, no sin nosotros, nunca más sin nosotros, el cambio es con los hijos sobrevivientes de la tierra o no lo es.

Insistimos, en que nuestra participación activa en la Comisión se debe a:

  1. El reconocimiento de la Diversidad Étnica y Cultural de la nación: Los Pueblos Indígenas, somos parte esencial de la diversidad étnica y cultural de Colombia, merecemos un lugar central en cualquier iniciativa destinada a abordar el racismo y la discriminación racial. En este sentido se ha pronunciado la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, como la Sentencia T-342 de 2010, que recalca la importancia de reconocer y valorar la diversidad étnica y cultural del país en la toma de decisiones gubernamentales.
  2.  El impacto Histórico y Actual: A lo largo de la historia y en la actualidad, los Pueblos Indígenas hemos sufrido el racismo y el colonialismo, esta experiencia única proporciona una perspectiva valiosa para comprender y abordar estos problemas. La jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana y la jurisprudencia de la CIDH, como la Opinión Consultiva OC-18/03 de la CIDH, han subrayado la necesidad de tomar en cuenta las experiencias históricas y actuales de los Pueblos Indígenas.
  3. Los Derechos Internacionales y Nacionales: Colombia tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, tanto a nivel nacional como internacional. El reconocimiento y participación de los Pueblos Indígenas en la Comisión debe ser coherente con los tratados y acuerdos internacionales ratificados en el país, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de 1989 – Ley 21 de 1991, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 y la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas, 2016. La jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, con la Sentencia T-342 de 2010, respalda la obligación del Estado de consultar y obtener el consentimiento de los Pueblos Indígenas en asuntos que les conciernen.
  4. El Enfoque Intersectorial: La Comisión Intersectorial Nacional de Reparación Histórica se crea para abordar problemas intersectoriales que afectan a múltiples áreas de la sociedad, como la educación, la salud y la justicia. La participación de los Pueblos Indígenas en esta Comisión garantizaría un enfoque más completo y efectivo para abordar el racismo y la discriminación racial, teniendo en cuenta su impacto en diversas dimensiones de la vida de los Pueblos y comunidades indígenas. Esto se  alinea con la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana que enfatiza la consulta previa en asuntos intersectoriales.
  5. La Consulta Previa: La consulta y el consentimiento previo, libre e informado, son derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas establecidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana y tratados internacionales como el Convenio 169 de la OIT, que determinan que los mencionados derechos proceden en la toma de decisiones que afectan a los Pueblos Indígenas. En este sentido, la exclusión de los Pueblos Indígenas de la Comisión constituye la violación de estos procedimientos y derechos. La Sentencia T-339 de 2010, enfatiza la obligación de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas en ciertos casos.

Finalmente, el racismo, el colonialismo y la discriminación son practicas genocidas en contra de nuestra existencia física y cultural. A pesar de ellas aquí estamos para continuar caminando, ya no detrás de ustedes, sino lado a lado para seguir tejiendo con la fuerza del corazón La Paz Total en Colombia.

El presente y el mañana serán en Paz. Cartagena de Indias, 12 de octubre, Territorio
Ancestral del Pueblo Mokaná y Zenú

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