Estas autoridades se sustentan en la autonomía indígena reconocida por la Constitución, los tratados internacionales y la normatividad que protege los territorios ancestrales, en diálogo con el Estado desde un enfoque diferencial.
Las Autoridades Ambientales Indígenas son las instancias propias de los Pueblos Indígenas encargadas de orientar, regular y proteger el territorio, la naturaleza y los bienes comunes desde sus sistemas de conocimiento, normas propias y cosmovisiones. Su función principal es garantizar el equilibrio entre la vida humana, la naturaleza y el mundo espiritual, entendiendo el territorio como un ser vivo y un espacio sagrado.
Las Autoridades Ambientales Indígenas son fundamentales para la pervivencia de los Pueblos Indígenas, ya que protegen los territorios ancestrales, los ecosistemas y los saberes asociados a su cuidado. Para el país, aportan a la conservación de la biodiversidad, la protección de ecosistemas estratégicos y la mitigación del cambio climático, a través de prácticas ancestrales de manejo sostenible que han demostrado ser eficaces para el cuidado de la vida y la naturaleza.
Las Autoridades Ambientales Indígenas orientan el cuidado del territorio desde el gobierno propio, guiando el uso del agua, los bosques, la fauna y la flora en equilibrio con la vida comunitaria y la naturaleza.
Su labor se expresa en decisiones colectivas, rituales, normas propias y recorridos territoriales que protegen los sistemas de vida y fortalecen la relación cultural y espiritual con el territorio.
Estas autoridades se sustentan en la autonomía indígena reconocida por la Constitución, los tratados internacionales y la normatividad que protege los territorios ancestrales, en diálogo con el Estado desde un enfoque diferencial.
Su conformación responde a la organización de cada pueblo indígena e integra autoridades tradicionales, sabedores, guardianes del territorio y comunidades, de acuerdo con los planes de vida y las decisiones colectivas.
Estos mecanismos fortalecen el gobierno propio y permiten a las Autoridades Ambientales Indígenas cuidar el territorio desde los sistemas de conocimiento indígena, garantizando la armonía entre naturaleza, comunidad y continuidad cultural como base del bienestar colectivo.
Los principales mecanismos reguladores de las Autoridades Ambientales Indígenas son:
Las Autoridades Ambientales Indígenas aportan al cuidado integral porque protegen la relación entre cuerpo, espíritu, comunidad y territorio. Su acción garantiza la seguridad alimentaria, la salud física y espiritual, la continuidad cultural y el bienestar colectivo. Al cuidar la naturaleza, cuidan la vida misma y aseguran el equilibrio necesario para la existencia de las generaciones presentes y futuras.
No existe una ruta única o estandarizada.
Los Pueblos Indígenas ejercen prácticas propias de cuidado del territorio y la naturaleza.
Se debilitan los sistemas propios de protección territorial.
La Constitución reconoce la diversidad étnica y cultural y la autonomía de los Pueblos Indígenas.
Se fortalecen los procesos de gobierno propio y control territorial indígena.
Las Autoridades Ambientales Indígenas se consolidan como actores clave en la protección ambiental y la sostenibilidad del país.
Las Autoridades Ambientales Indígenas se sustentan en el reconocimiento constitucional de la autonomía indígena, en los tratados internacionales de derechos de los Pueblos Indígenas y en la normatividad nacional que protege los territorios ancestrales. Su legitimidad nace principalmente del derecho propio y de las decisiones colectivas de cada pueblo, y se articula con el Estado a través de normas que reconocen los sistemas propios y el enfoque diferencial.
Las Autoridades Ambientales Indígenas se sustentan en:
La Constitución Política de Colombia, que reconoce la diversidad étnica, cultural y la autonomía indígena.
El Convenio 169 de la OIT, aprobado por la Ley 21 de 1991.
La normatividad sobre territorios indígenas y sistemas propios.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre autonomía y protección territorial.
Los planes de vida y normas propias de cada pueblo indígena.
La articulación con entidades estatales cuando se requiere garantizar derechos o prevenir daños mayores.